20/07/2007
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia absolutoria que dictó en noviembre pasado la Audiencia Nacional para los cinco integrantes del grupo musical Soziedad Alkoholika y su manager, al entender que las letras de sus canciones se enmarcan en "el legítimo derecho de la libertad de expresión".
La sentencia de alto tribunal, hecha pública hoy, rechaza el recurso de casación presentado por la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) contra la absolución de la Audiencia.
Ambos tribunales consideran que las canciones de Soziedad Alkoholika no representan "un enaltecimiento de la actividad terrorista" de ETA ni suponen "descrédito, menosprecio o humillación a las víctimas".
El Supremo rechaza que exista enaltecimiento en la canción "Síndrome del Norte", una de las dos en las que basó su recurso la AVT, aunque señala que merecen "repulsa social". La otra canción por cuya letra puso el recurso la AVT es "¡Explota, zerdo!".
La Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) estudia recurrir la decisión del Tribunal Supremo. Ha dicho que recibe la sentencia del alto tribunal "con tristeza y cierta dosis de indignación".
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