07/05/2007
Después de que el Tribunal Supremo haya decidido anular todas las plataformas de electores que llevan la denominación 'Abertzale Sozialistak' y 133 de las listas de ANV, estas tienen de plazo hasta las 00:00 horas de hoy para presentar los recursos de amparo.
Deben hacerlo ante la Sala Primera del Tribunal Constitucional, ya que tiene que emitir su resolución antes del comienzo de la campaña electoral (antes de las 00:00 horas del jueves).
La Sala I del Tribunal Constitucional está presidida por la jueza progresista María Emilia Casas. De los otros cinco miembros, tres son de perfil conservador (a propuesta del PP) y dos progresistas (a propuesta del PSOE).
María Emilia Casas fue una de las magistradas que en 1999 votó a favor del amparo a la Mesa Nacional de Herri Batasuna contra la sentencia del Tribunal Supremo que dictó su encarcelamiento, lo que provocó la excarcelación de la misma.
El 20 de marzo de 2004, el Tribunal Constitucional votó en contra de la impugnación del Plan Ibarretxe interpuesta por el Gobierno del PP. Casas fue una de las magistradas que votó en ese sentido.
Los precedentes de Herritarren Zerrenda y Aukera Guztiak
Ahora, el Tribunal Constitucional debe decidir si las listas anuladas por el Tribunal Supremo pueden o no participar en las elecciones municipales y forales del 27 de mayo.
Desde 2003, la institución ha confirmado en distintas sentencias la anulación de dos centenares de candidaturas por suponerlas "continuadoras de la ilegalizada Batasuna".
En mayo de 2004, el Tribunal Constitucional avaló la anulación de la candidatura de Herritarren Zerrenda a las elecciones europeas. Dicha sentencia contó con el voto particular concurrente (que estaba de acuerdo con el fallo pero no con toda la fundamentación jurídica) de la actual presidenta del tribunal, María Emilia Casas, que se mostraba crítica con los cortos plazos previstos en la Ley para resolver este tipo de asuntos.
El 31 de marzo del 2005 la Sala Segunda del TC fue la encargada de decidir sobre el recurso que Aukera Guztiak había puesto en contra de su anulación por parte del Tribunal Supremo. El Tribunal Constitucional refrendó la decisión del Supremo de impugnar la candidatura de AG para las elecciones al Parlamento vasco.
Opiniones divergentes
Sobre la decisión del Tribunal Supremo y el papel del Constitucional, José Luis Requero, vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ha manifestado que la decisión del TS era previsible ya que las causas que llevaron a la impugnación de esas listas "estaban clarísimas: había una sucesión de la antigua Batasuna".
Ante el recurso que ANV-EAE presente ante el Tribunal Constitucional, cree que existe ya una doctrina muy asentada al respecto: "Cuando el Supremo ha dictado las resoluciones que ha dictado ha tenido muy en cuenta la doctrina que establece el Tribunal Constitucional" y "también es previsible que esos recursos no lleguen a prosperar".
Sin embargo, el portavoz de la asociación Jueces para la Democracia, Jaime Tapias, ha solicitado "respeto" a la independencia judicial del Tribunal Supremo, pero ha recordado la posibilidad de que el Tribunal Constitucional se pronuncie "de manera contraria" al fallo de la Sala 61 y ha advertido que esta decisión "también se deberá respetar".
Según ha explicado Tapias, desde el punto de vista jurídico, constitucional y de legalidad ordinaria, el Tribunal Supremo se ha movido dentro de "unos límites difíciles de definir".
"Los límites difíciles de definir"
Por un lado, el Supremo ha tramitado las demandas de impugnación de las candidaturas de ANV de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley de Partidos, y ello a pesar de que tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado se inclinaban por hacerlo conforme a lo establecido en la Ley Electoral, la vía elegida para anular las candidaturas de Herritarren Zerrenda y Aukera Guztiak. Un primer cambio de vía consistente, por tanto, en pasar de la Ley Electoral a la Ley de Partidos y declararse el Tribunal Supremo competente para juzgar el caso por el camino de la ejecución de la sentencia que en su día ilegalizó a Batasuna.
Pero esa vía está prevista para aplicar a la totalidad de un partido y ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado han pedido que la prohibición se extienda a todas las listas de ANV. Así, el Supremo califica las 133 listas impugandas como un "todo" y ha seguido con el procedimiento.
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