Política

IMPUGNACIÓN DE LISTAS ABERTZALES

El Supremo anula 133 listas de ANV y todas las de AS

06/05/2007

La Sala 61 ha tomado la decisión sobre ANV poco antes de las 07:00 horas. A última hora de ayer, decidía anular todas las de Abertzale Sozialistak y dejar presentarse a 6 de las 7 candidaturas idependientes impugnadas.

El Tribunal Supremo ha acordado hoy por unanimidad, y después de una larga noche de tensión y discusiones en el seno de la "sala del 61", anular las 133 candidaturas de Acción Nacionalista Vasca-Eusko Abertzale Ekintza impugnadas por la Fiscalía y por la Abogacía del Estado.

La decisión se ha comunicado pocos minutos antes de las 07:00 horas, cuando los 16 magistrados de la sala especial llevaban reunidos ininterrumpidamente desde las 18:30 horas de ayer, sábado, después de haber deliberado otras tres horas durante la mañana.

Es la primera vez en la historia de este órgano que sus magistrados prolongan tanto sus deliberaciones, lo que prueba lo enfrentado de las posturas durante el debate, a pesar de la unanimidad final.

"Candidaturas dirigidas por Batasuna" según el auto

La anulación se basa en el argumento de que el proceso de conformación de esas 133 candidaturas de ANV-EAE ha sido "gestado y dirigido en todo momento" por miembros relevantes de la extinta Batasuna como sucesora de la formación ilegalizada, "esta vez haciendo uso de determinados elementos orgánicos de un partido legal".

El auto de 156 páginas, incide en que este partido, que hizo su primera aparición pública en 1930 y en 1978 participó en la constitución de Herri Batasuna y "se ha mantenido siempre en el entorno de la formación ilegalizada".

Según la documentación aportada y tenida en cuenta por el Supremo para tomar su decisión, ANV-EAE comunicó en 2001 a la dirección de la Mesa Nacional de HB (inmersa en un proceso de reestructuración de la izquiera abertzale), su intención de no disolverse como partido, "si bien consta que las razones que llevaron a esta decisión fueron sólo de tipo organizativo y no ideológico, al contrario de lo que sucedió en el caso de otras organizaciones de la izquierda abertzale, que sí se manifestaron expresamente en contra de la utilización de la violencia o de la 'lucha armada'". "En consecuencia -según el Supremo-, puede decirse que ANV-EAE mantuvo una estructura no integrada en el entorno de Batasuna".

Con posterioridad al proceso citado anteriormente -en el que se decidió que la izquierda abertzale debía agruparse en torno a un único partido político, y no configurarse como una coalición-, ANV-EAE ha participado en diversos actos de apoyo a candidaturas pertenecientes a partidos o agrupaciones ilegalizados, según detalla el auto. Entre ellas figura el llamamiento que ANV-EAE realiza en mayo de 2003 para votar a la agrupación electoral AuB, que fue anulada por el Tribunal Supremo y que la mayoría de sus miembros firmaron en apoyo de la también anulada Aukera Guztiak para concurrir a las Elecciónes al Parlamento Vasco en 2005.

Sobre la naturaleza de los candidatos

Sobre la naturaleza de los candidatos, el auto destaca la inclusión en las listas de ANV-EAE impugnadas de un cierto número de ellos que a su vez pertenecen al entorno de los partidos políticos ilegalizados. Ello revela, según el alto tribunal, que las listas de ANV-EAE son "continuadoras de la asignación funcional de tareas de la banda terrorista ETA y del mantenimiento de las intensísimas relaciones de jerarquía que la banda (....) mantiene tanto con sus organizaciones satélites como, de modo directo, sobre sus respectivos militantes o miembros".

Entre las pruebas determinantes para llegar a su resolución, el Supremo cita la desarticulación del "comando Donosti" el pasado 31 de marzo y los registros que permitieron la detención de Jorge Murillo, coordinador de la "mesa de Navarra" de Batasuna y candidato de la agrupación Nafarroako Abertzale Sozialistak (en prisión provisional acusado de integración en organización terrorista).

Anuladas también las 251 candidaturas de Abertzale Sozialistak

El enfrentamiento (sobre el procedimiento) en el seno de la sala especial, a propósito de ANV, ha contrastado con la facilidad con la que sus dieciséis componentes llegaron a la conclusión de que las 251 agrupaciones electorales presentadas bajo la denominación de Abertzale Sozialistak no eran sino un "mecanismo de sucesión" de Batasuna.

La decisión, comunicada minutos antes de la medianoche del sábado, se tomó según la sentencia, en este caso, "después de acreditar con diversos medios de prueba incluido un documento de ETA que detalla, paso a paso, el proceso de constitución de estas agrupaciones, que éste ha sido gestado y dirigido en todo momento por miembros relevantes de la extinta Batasuna".

Por otro lado, el Tribunal Supremo decidió que podrán presentarse a las elecciones del 27 de mayo, seis de las siete candidaturas independientes impugnadas previamente. Se trata de Kimu Berri Taldea, en la localidad guipuzcoana de Amezketa, y otras seis listas navarras. Estas listas son Erlain (que se presenta en Basaburua), Urri (Egüés). Errazkingo Elkartea (Larraun) y Agrupación Independiente Orikain, Agrupación Txangola y Errazkingo Elkartea (en Ezkabarte).

Por el contrario, la plataforma Altzolanean de Altzo (Gipuzkoa) ha sido anulada. Según la sentencia del Alto Tribunal, "está integrada por 9 candidatos de los cuales 8 presentan vinculación directa con los partidos ilegalizados HB, EH o Batasuna".

Las candidaturas anuladas pueden ahora recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional, que deberá establecer definitivamente si pueden o no acudir a los comicios antes de la medianoche del próximo jueves (10 de mayo), momento en el que comenzará la campaña electoral.

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